La Defensoría del Pueblo, a través de José Hilario Bossio Pérez, decidió coayduvar la acción de tutela presentada por Melena Simancas Heredia y Leonardo Fabio Melendres, en contra de la Sociedad de Activos Especiale, SAE, teniendo en cuenta la violación de los derechos fundamentales a la vida digna, mínimo vital, derecho al trabajo, debido proceso, derecho a la propiedad y derecho a la propiedad y posesión; esto con relación al caso de la vereda de Cachenche, jurrisdicción del municipio de Turbana.
De esta manera, se pretende proteger a las más de 200 familias campesinas que han decidido a través de varias tutelas, tener derecho a su territorio en un extenso lote. La Defensoría sostuvo en su coadyuvancia que se evidencia una amenaza y vulneración de los derechos constitucionales fundamentales. Esto, motivó a la Agencia del Ministerio Público a respaldar la lucha de esta comunidad a fin de que cesen los posibles actos violatorios y se conmine a las autoridades públicas competentes para tal fin.
Recalca que además de las pruebas documentales que militan en el plenario, es posible evidenciar la amenaza y vulneración de derechos constitucionales fundamentales de los accionantes, motivo por el cual, desde la Agencia del Ministerio Público se coadyuvará la solicitud ante el Juez Constitucional en sede de Tutela, con el efecto de que se ordene la cesación de los hechos violatorios y se conmine a las autoridades públicas competentes para tales efectos.
La Defensoría del Pueblo, en ese orden de ideas, solicitó al juez tutelar los derechos constitucionales fundamentales de los accionantes que están siendo desconocidos por la Sociedad de Activos Especiales –SAE- con ocasión a la orden de desalojo emitida por la entidad accionada con violación de los derechos constitucionales.
El respaldo por parte de la Defensoría del Pueblo se extienden igualmente al hecho de que el Juez de Tutela para que la SAE se abstenga de emitir decisiones que contravengan las reglas y principios de las actuaciones administrativas y en especial, que comprometan los derechos constitucionales fundamentales de las personas que resulten afectadas con las mismas.