Por considerar que vulnera los derechos colectivos al goce del espacio público y la utilización y de defensa de los bienes de uso público, el Juzgado Décimo Segundo Administrativo Oral del Circuito de Cartagena ordenó la demolición total del polémico edificio Aquarela.
A partir de la notificación de las partes, la juez Sandra Milena Zúñiga Hernández concedió un plazo de tres meses para que tanto el Distrito junto la Promotora Calle 47 SAS procedan a demoler la edificación; así como la consecución de los recursos financieros y técnicos.
El fallo se deriva de una acción popular promovida por el Ministerio de Cultura que solicitó amparo de los derechos colectivos consagrados en los literales b), d), e), f) y m) del artículo 4º de la Ley 472 de 1998, vulnerados con esta construcción. Además el juez considera que pone en riesgo la declaratoria de patrimonio Cultural de la Humanidad de la ciudad.