El Juzgado Primero Penal del Circuito de Cartagena revocó la sanción de arresto de dos días y la multa de dos salarios mínimos que habían sido impuestas al alcalde Dumek Turbay Paz y al director del DATT, José Ricaurte. La decisión deja sin efecto el fallo del Juzgado 21 Penal Municipal, que había ordenado la medida en el marco de un incidente de desacato por una acción de tutela.
El proceso se originó en la tutela presentada por el ciudadano Fernando Antonio González Estrada, quien alegaba vulneración a su derecho fundamental de petición. Según su reclamo, el DATT no había respondido de manera completa y oportuna a una solicitud radicada el 13 de mayo, en la que pedía claridad sobre sus obligaciones, certificaciones de comparendos y correcciones en las bases de datos de tránsito.
El juez de primera instancia consideró que la respuesta inicial del DATT se limitó a mencionar la prescripción de obligaciones y un acuerdo de pago, sin resolver los demás puntos esenciales planteados por el ciudadano. Por ello, el 4 de septiembre impuso la sanción de arresto y multa a los dos funcionarios.
Sin embargo, en segunda instancia se concluyó que, aunque la respuesta fue insuficiente, no era procedente sancionar personalmente al alcalde y al director del DATT. Con esta decisión, ambos quedan libres de la medida y el proceso se centra en garantizar que las autoridades cumplan con la obligación de dar respuestas completas y claras a los ciudadanos.
