Presuntas irregularidades en el concurso de méritos del programa de Economía de la Universidad de Cartagena, sería la razón por la que el Juzgado Cuarto de Pequeñas Causas Laborales admitió una acción de tutela presentada por uno de los aspirantes de la plaza 006, toda vez que, según él, vulneraron sus derechos fundamentales dentro del mismo.
Fue así como el togado concedió la medida provisional de suspender transitoriamente el concurso público de méritos para la vinculación de docentes de planta del Alma Máter autorizada y convocada mediante Resolución 00621 de 2021. Dicha decisión es hasta que se resuelva la presente acción de tutela.
LOS HECHOS
De conformidad con el cronograma, el día 17 de junio del año en curso, se publicaron los resultados del estudio de las hojas de vida de todos los aspirantes a la plaza 006, cada uno identificados con sus respectivos números de cédula de ciudadanía.
El puntaje obtenido por el tutelante como aspirante a la plaza, fue de 82 puntos. En la misma publicación de resultados referida anteriormente, otro aspirante alcanzó un total de 90 puntos, los cuales, al parecer, no son consistentes o, a juicio del tutelante serían demasiados puntos tras realizar un sencillo ejercicio de búsqueda de la producción académica de dicho aspirante en el área de la convocatoria (artículos, libros y demás publicaciones), puesto que se trata de información de acceso público que puede ser consultada de diferentes formas en la web y otros soportes.
A juicio del afectado, la cantidad de puntos otorgada a este aspirante en el estudio de su hoja de vida, por parte del Comité Académico de Facultad, no corresponde con lo que podría ser sustentable o evidenciable en el marco del Acuerdo No. 30, que define las reglas generales a las cuales se sujeta el concurso y en especial el sistema de calificaciones y puntajes, en perjuicio de los demás aspirantes a la plaza 006.
En virtud de lo anterior, el tutelante hizo reclamación en el concurso, ante la presunta irregularidad, respecto de dicho puntaje tan alto (90 puntos), solicitando la revisión de dicho puntaje y copia de los soportes aportados en la inscripción del aspirante, objeto de controversia.
Sin embargo, la sorpresa fue mayúscula pues la respuesta ante esta reclamación se hizo caso omiso y, por el contrario, se evadió el verdadero asunto de fondo, distrayendo la atención y respondiendo algo que no fue objeto de reclamación, pues el tutelante en ningún momento reclamó puntaje adicional por título de posgrado, ni tampoco por el puntaje asignado en la producción académica en el área de la convocatoria, ratificándose por segunda vez los 82 puntos asignados en el estudio de su hoja de vida.
Este portal informativo pudo corroborar la veracidad de estos hechos, tras revisar el contenido de la tutela, publicado en la página web de la Universidad de Cartagena (https://drive.google.com/file/d/19xQ2Pst_60PhskvGulUUVQzuUg5gH6Mv/view), en donde aparece la reclamación interpuesta por el accionante y el pantallazo de la respuesta emitida por la Universidad de Cartagena, la cual no tiene nada que ver con el objeto de la reclamación.
Adicionalmente, junto con las respuestas a las reclamaciones del estudio de hoja de vida, la Universidad de Cartagena nuevamente publica los resultados del estudio de hoja de vida en donde se aprecia un incremento de 90 a 94 puntos, en el aspirante objeto de reclamación y de un punto adicional en otro aspirante, el cual pasó de 83 a 84 puntos.
Llama la atención estos hechos en donde la Universidad de Cartagena sube el puntaje de la hoja de vida del aspirante objeto de controversia y evade la reclamación interpuesta por el accionante de la tutela, tras la vulneración de sus derechos fundamentales a la petición y al debido proceso.
LAS RESPUESTAS NO FUERON CLARAS
De esta forma se evidenció claramente de la respuesta brindada por parte el Comité Académico de la Facultad, conformado por el decano, el director de programa o vicedecano curricular y docente de planta de la Universidad de Cartagena, no corresponde al objeto de la reclamación interpuesta, toda vez que la misma no se encontraba orientada hacia la reclamación o revisión del puntaje obtenido por el tutelante en el estudio de la hoja de vida, el cual no fue objeto de ningún tipo de controversia.
En este orden de ideas, la reclamación no ha sido resuelta de fondo, y aún está pendiente de ser resuelta de forma legal, toda vez que el objeto de la misma obedeció a que se surta la revisión del puntaje obtenido por el otro aspirante y a su vez se solicitó copia de la información aportada por el aspirante a la plaza número 006 en el momento de su inscripción.
Por otro lado, al omitir y evadir la respuesta a la reclamación presentada por el aspirante dentro del concurso de méritos, es una flagrante violación al derecho de petición, ya que no existe respuesta formal por parte de la Universidad de Cartagena y por otro lado no pueden publicarse los resultados finales del concurso de méritos, sin que dicha etapa quede agotada en debida forma y bajo los parámetros del debido proceso que rigen el concurso de méritos.
Los resultados publicados luego del estudio de hoja de vida de los aspirantes, violentan el derecho al debido proceso y el derecho de petición, pues en aras de la transparencia del concurso de méritos deben ser resueltas todas las inconsistencias que sean objeto de reclamo, pues todos los aspirantes se encuentran sujetos a las mismas disposiciones y por ende debe explicarse satisfactoriamente a la luz pública y de todos los aspirantes, de donde fueron obtenidas las puntuaciones asignadas frente al estudio de hoja de vida del aspirante en cuestión.
Dado lo anterior el juez cuenta con 10 días para resolver la acción de tutela y decidir si le da la razón o no al concursante. Se precisa que la acción de tutela es asesorada por la Veeduría a la Rama Judicial de Cartagena – Vejuca, a lo que el presidente Erick José Urueta Benavides, expresó que no quiere pensar que funcionarios de la Universidad de Cartagena presuntamente estén detrás de las irregularidades, por eso hace un llamado al nuevo rector William Malkun para que revise esta situación con el decano de Ciencias Económicas del Alma Máter.



