La Corte Constitucional prohibió el uso de animales como vehículos de tracción en actividades turísticas, tras la demanda presentada por el alcalde de Cartagena, Dumek Turbay, contra la Ley 2138 de 2021. El mandatario cuestionó que la norma permitiera seguir utilizando caballos y otros animales en carrozas turísticas, lo que consideró un sufrimiento evitable y contrario a la Constitución.
El fallo, con ponencia del magistrado Héctor Carvajal, fue emitido en una sesión inédita desde Bucaramanga y empezará a regir en seis meses. Durante ese tiempo, las entidades territoriales deberán implementar programas de sustitución y ofrecer alternativas de reconversión laboral a quienes dependían de esta actividad para su sustento.
La Corte reiteró que la recreación turística no constituye un límite válido al deber de protección animal, y subrayó que los animales son seres sintientes cuyo sufrimiento no puede ser legitimado por la ley. En ese sentido, la decisión se enmarca en una línea jurisprudencial que desde hace años impulsa la eliminación progresiva de los vehículos de tracción animal en Colombia.
Con este fallo, Cartagena avanza hacia un modelo de turismo más sostenible y respetuoso con los derechos de los animales, respondiendo al clamor ciudadano por la protección ambiental y animal. La medida marca un precedente nacional y refuerza el compromiso de la ciudad con prácticas modernas y responsables en el sector turístico.
Con este fallo, Cartagena avanza hacia un modelo de turismo más sostenible y respetuoso con los derechos de los animales, respondiendo al clamor ciudadano por la protección ambiental y animal. La medida marca un precedente nacional y refuerza el compromiso de la ciudad con prácticas modernas y responsables en el sector turístico.
