Por: Danilo Contreras
Todos deben saber que el contrato No 008 de 2007 que justificaba el peaje en la vía que conecta a Cartagena y Turbaco terminó por haberse construido la obra y haberse pagado el precio pactado por el sistema de peaje que ascendió a $720 mil millones aproximadamente. Eso sucedió el 30 de junio de 2021, según acta firmada por el contratista y la interventoría.
Luego de terminado un contrato Estatal como este, sigue lo que los expertos denominan la etapa post contractual en la cual solo son permitidos actos tendientes a la devolución de los bienes que fueron construidos por virtud del contrato y la liquidación del mismo. No hay ninguna posibilidad de revivir el contrato por medio de un otrosí, simple y llanamente porque no se revive lo que está muerto.
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Luego de que el mismo contratista comunicó a la contratante Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), que el precio del contrato se alcanzó el 30 de junio de 2021, según acta firmada por el contratista y la interventoría mencionada arriba, el contrato y la ley determinan un plazo de 2 meses para liquidar y tomar posesión de la obra (vía, casetas de cobro de peaje y demás) que se vencían el 6 de septiembre de 2021. Eso no sucedió evidentemente.
Contrariando la Constitución, la ley y las cláusulas del contrato, la ANI y el contratista, el día 31 de agosto de 2021, vale decir, 6 días antes de que venciera el plazo para la liquidación definitiva del contrato y la devolución de las obras construida (entre ellas la caseta de peaje de Turbaco), firmaron un otrosí denominado No 7 que revive el contrato terminado, autorizando al contratista para seguir cobrando por una obra pagada, con el argumento de extender ese cobro hasta el 19 de octubre de 2021, fecha en la cual se firmará el acta de inicio de la APP por la cual se construirán las segundas calzadas del proyecto Ruta del Sol. Resaltamos que el beneficiario de la nueva APP es el mismo contratista del contrato terminado.
Es importante destacar que esa nueva APP no prevé obras en el territorio del municipio de Turbaco, entonces no se justifica que siga operando la caseta de peaje de Turbaco, pues el peaje es una tasa, que la ley define como el cobro que se le hace al USUARIO de una obra. Se colige que si no va a haber obra construida en Turbaco, no habría causa para hacer el cobro pues la Constitución y la ley señalan que NO HAY TRIBUTO SIN UN HECHO QUE LO GENERE. El cobro que aún se hace es una expoliación escandalosa que afecta el bolsillo de quienes utilizan la vía, y muy especialmente de los vecinos de Turbaco, siendo esa la causa eficiente de las protestas que han tenido lugar en el peaje de Turbaco. Si aún hay justicia en este país, estos cobros sin fundamento jurídico deben ser materia de investigación por las autoridades competentes y deben ser suspendidos inmediatamente.
Sorprende que a la fecha ninguna autoridad se pronuncie sobre este abuso cometido a la luz del día y a la vista de todos.


