Por presuntas irregularidades en la celebración de contratos de prestación de servicios e irregularidades en los contratos de suministro de personal suscritos con la empresa de servicios temporales Konecta Temporal, la Procuraduría ordenó aperturar investigación disciplinaria contra funcionarios de la Ese Cartagena de Indias.

Es así como el Ministerio Público mediante oficio solicitó a la Oficina de Recursos Humanos, entre otros, certificación laboral y de tiempo de servicio, incluidos los actos administrativos de nombramiento y posesión del exgerente Roque Ismael Bossio Bermúdez; así como constancias de último sueldo devengado, última dirección registrada en la hoja de vida para efectos de comunicación. También se deberá adjuntar copia de la hoja de vida de la función pública y un extracto de las funciones desempeñadas, de conformidad con el manual de funciones vigente para época de los hechos (vigencia 2020).

La Procuraduría aclaró que se deberá certificar, el número de personal médico asistencial y administrativo que en los últimos cinco años han venido siendo vinculados mediante la modalidad de trabajadores en misión, indicando las áreas de servicios a las cuales han sido asignados y los periodos de duración, e igualmente informarse cuáles eran las gestiones que en los últimos cinco años había realizado la administración del Hospital, orientadas a crear los cargos de planta para la vinculación del personal médico asistencial y administrativo que regularmente presta sus servicios a dicha entidad. En caso que dichas acciones comporten la interacción con otras entidades o autoridades, deberá allegar los informes, solicitudes o proyectos debidamente radicados y que permitan evidenciar su trazabilidad.

El Ministerio Público solicitó igualmente se certifique el nombre y datos de los miembros que integran la Junta Directiva de la E.S.E. Hospital Local Cartagena de Indias, en los últimos 5 años. Así como copia de los Registros Presupuestales que garantizan los recursos de los contratos 007 de 2020 y 101 de 2020, así como de los documentos que soportan los pagos y/o giros efectuados al contratista Konecta Temporal LTDA; incluidas las actas de supervisión de ambos contratos, y de los comités de seguimiento si hubo lugar a conformarlos.

De igual forma allegar copia de los reportes o informes de seguimiento al cumplimiento de las obligaciones y copia del acta de recibo final a satisfacción del contrato 101 de 2020, (si hubo lugar a la misma), o en su defecto, copia del estudio técnico y/o concepto jurídico mediante el cual se justifica la extensión del plazo de ejecución del contrato a través de la prórroga o renovación del mismo. En este caso se allegará cualquier otro acto, estudio o pronunciamiento en el que se hubiese podido efectuar algún relacionado con esta eventual determinación de prórroga o extensión.

Copia total de la oferta de fecha 16 de enero de 2020 presentada por la empresa Konecta Temporal LTDA dentro del proceso de contratación del Contrato 101 de 2020, e igualmente de la oferta que presentó ese mismo contratista para el Contrato 007 de 2020, incluidas copia de las actas del comité evaluador designado por la Gerencia para ambos procesos contractuales.

OTRA DOCUMENTACIÓN

En la misma solicitud pedirán copia de los siguientes documentos: cocumentos precontractuales que soportan el proceso de contratación adelantado para la celebración del contrato de prestación de servicios 076 de 2020 con la empresa Fibraxo S.A.S., y su constancia de publicación en SECOP. Los estudios de conveniencia y/o necesidad correspondientes a los contratos de prestación de servicios profesionales n° 029 del 2 de enero de 2020 y 02 020 del 2 de enero de 2020, suscritos con Fairus Yanine Cure Corcione y Cecilia Ester Meza Menco.

Para ambos contratos deberá aportarse la certificación del responsable del área de recursos humanos de ese Hospital, donde conste que no existe en la planta de personal quien desarrolle las labores contratadas o que las mismas requieren de conocimientos especializados, incluyendo la hoja de vida de los contratistas mencionados y copia de las actas de supervisión de ambos contratos. Diez días hábiles tendrá la entidad para allegar la documentación.

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