El Tribunal Administrativo de Bolívar dispuso correr traslado de la solicitud de suspensión provisional del acto de elección del representante a la Cámara Amaury Julio Pérez, elegido para el periodo 2026–2030. La medida fue solicitada por el demandante Keyner José Ospino Flórez, quien alega una presunta inhabilidad que impediría la posesión del congresista el próximo 20 de julio.
En su decisión, el despacho ordenó notificar al propio Julio Pérez, al presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE) y a la agente del Ministerio Público, otorgándoles un término común de cinco días para que presenten sus argumentos frente a la vocación de prosperidad de la medida cautelar. La comunicación deberá hacerse por el medio más expedito, garantizando la participación de todas las partes procesales.
El auto también advirtió que contra esta decisión no procede recurso alguno, conforme al artículo 233 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Una vez surtido el trámite, el expediente regresará al despacho para resolver de fondo la solicitud, en un proceso que definirá si Julio Pérez podrá o no asumir su curul en la Cámara de Representantes.
