El Juzgado Quinto Penal Municipal de Cartagena resolvió la acción de tutela presentada por la Veeduría Ciudadana Guardianes de la Constitución y DD.HH. (VECGUARD) contra el alcalde Dumek Turbay Paz, por las expresiones “boca de fab” y “boca de shampoo” utilizadas en una entrevista radial el pasado 14 de septiembre. La veeduría alegaba vulneración de derechos fundamentales como la honra, el buen nombre y la participación ciudadana.
El despacho declaró improcedente la tutela en lo referente a los ciudadanos indeterminados, al considerar que no fueron individualizados ni se acreditó su imposibilidad de actuar directamente. En cuanto a la veeduría, el juez negó el amparo solicitado, señalando que las expresiones fueron genéricas y no dirigidas a un sujeto específico, por lo que no constituyen una lesión concreta a la honra o al buen nombre.
La juez de tutela, a pesar de que se comprobó que el mandatario se encontraba en un ambiente informal de camaradería con los periodistas de la ciudad, expresó que los servidores públicos están sujetos a un deber reforzado de respeto y prudencia en sus manifestaciones. El alcalde no menciona nombres ni especifica persona alguna; sin embargo, exhorta al burgomaestre a mantener un trato respetuoso y tolerante frente a la ciudadanía, especialmente en escenarios de control social y debate público.
La decisión enfatiza que el debate político y el escrutinio ciudadano sobre las obras públicas deben responderse con argumentos institucionales y no con calificativos peyorativos. El exhorto busca garantizar que la función pública se ejerza con dignidad y en el marco de la tolerancia democrática.
Finalmente, el fallo ordena remitir las diligencias a la Corte Constitucional para su eventual revisión, en caso de no ser impugnado dentro del término legal. Con ello, se cierra un capítulo judicial que, aunque no otorgó el amparo solicitado, sí dejó un llamado de atención al mandatario distrital sobre la importancia del respeto en el ejercicio del poder público.
