Luego de que el Pacto Histórico hubiese mencionado que buscarían modificar la lista de candidatos a contralor general, para sacar de allí a los servidores que están inmiscuidos en el escándalo de la malversación de los fondos Ocad Paz, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó rehacer la lista de candidatos elegibles a la Contraloría General de la República.

La decisión fue tomada como medida cautelar para que se tengan en cuenta la equidad de género y el principio de mérito con los resultados obtenidos de los candidatos tras su participación en el concurso. Según menciona el documento del Tribunal, la Comisión Accidental del Congreso, quienes construyeron la lista de diez candidatos finales, no tuvieron en cuenta ambos criterios de elección, por lo que tendrían que volver a hacerla.

La demanda presentada por la ciudadana Dalal Karime Dager Nieto fue la que dio origen a la acción final tomada por el magistrado Moisés Rodrigo Mazabel, quien ordenó, basado en la norma de la Constitución Nacional que exige que los periodos de presidente y contralor sean simultáneos, que se conforme una nueva lista en el menor tiempo posible para que el contralor designado tome posesión de su puesto antes del 20 de agosto.

En la lista de los diez elegidos, hay ocho hombres y tan solo dos mujeres, por lo que el tribunal, teniendo en cuenta el método de elección para este tipo de cargos, mencionó que debe garantizarse la paridad entre mujeres y hombres seleccionados. Además, según reza la medida cautelar, la previamente mencionada comisión, sin justificación alguna, había seleccionado a los diez candidatos sin que estos fueran los que obtuvieron los mejores resultados en el concurso.

Incluso recalcó en dos situaciones en específico que dan muestra de esto. En la lista final el candidato que tuvo el segundo mejor puntaje no pasó y una de las mujeres que tuvo igual puntaje a uno de los incluidos tampoco logró estar en la lista.

De igual manera, encontraron que la institución de educación superior designada para el proceso de preselección de candidatos permitió la inclusión de una persona que nació en junio de 1987, por lo que no cumplía con el requisito de edad de 35 años para aplicar al cargo.

Para el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el fallar en el proceso correcto de selección de candidatos a la Contraloría General de la República desconoce la buena administración, misma que es necesaria para la elección de quien dirigirá, a la institución regulatoria de los bienes del Estado.

Esta decisión fue bien recibida por los miembros del Pacto Histórico, ya que antes de esta medida, estaban evaluando la posibilidad de estudiar, desde el día de su posesión en el Congreso, los procesos realizados por la Comisión Accidental del Congreso para identificar algún fallo que les permitiese modificar la lista.

“La ley determina que elCongreso saliente hace la lista de elegiblesde acuerdo a unas normas que vamos a revisar si se cumplieron o no. Los entrantes eligen con el propósito de que cualquiera que sea el presidente no imponga la Contraloría y para darle un nivel de independencia”, mencionó Roy Barreras durante el retiro programático de la coalición que se realizó en la ciudad de Medellín.

FUENTE INFOBAE

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