Sin cimiento constitucional quedaron las sesiones virtuales del Congreso pues el Legislativo se vio abocado a esta medida debido a la situación planteada por la pandemia del Covid19. Para la Corte Constitucional esta decisión tiene efectos a futuro y no afectará lo ya aprobado. Es decir que a partir del próximo 20 de Julio que se instalan las sesiones del parlamento colombiano tendrán que volver a ser presenciales.
Gran parte del trabajo de la mesa directiva del congreso que fue señalado de tenue y falto de contundencia para hacerle frente a la situación que afronta el pueblo colombiano con relación al nuevo coronavirus, quedó en el aire por cuenta del debate de la Corte Constitucional que con una apretada votación de 5 contra 4, tumbó el artículo 14 del Decreto 491 del 28 de marzo de este año.
“En consecuencia, se presume la regularidad de las decisiones del Congreso exclusivamente desde el aspecto de la virtualidad de las deliberaciones y sesiones de la Corporación, porque fueron emitidas al amparo del artículo 12 del Decreto 491 de 2020″, explicó el presidente de la corte, magistrado Alberto Rojas.
Los entendidos señalan que no se puede decidir que unas sesiones están viciadas y otras no. En este caso, señalan, que los efectos del fallo de la Corte debe extenderse para todo el trabajo que se adelantó de manera virtual. “Lo inconsitucional no puede ser solo para un futuro. Las sesiones virtuales son contrarias a la constitución pues lo fueron siempre”, explicaron los especialistas.