Este viernes, 1 de agosto, la jueza Sandra Heredia leyó la sentencia en la que confirmó la pena 12 años de cárcel contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos soborno y fraude procesal, bajo el beneficio de prisión domiciliaria.

Cabe recordar que, además, deberá pagar una multa de 2.420 salarios mínimos legales mensuales vigentes, es decir, más de 3.400 millones de pesos y lo inhabilitó para «el ejercicio de derechos» y funciones públicas por 100 meses y 20 días en total.

Al respecto, justamente, la jueza aclaró que la orden de captura contra el exmandatario tiene “carácter inmediato”, con el fin de que cumpla su condena. Asimismo, señaló que en la sentencia de primera instancia se logró desvirtuar la presunción de inocencia.

En concreto, ordenó al centro de servicios judiciales de Rionegro, en Antioquia, emitir la «correspondiente boleta de encarcelación» y, por ende, el «traslado inmediato» al lugar «donde cumplirá la prisión domiciliaria» el expresidente.

(…) También hemos de resaltar, dadas las ocupaciones que manifestó desarrollar su gran reconocimiento a nivel internacional, resulta fácil que podrá abandonar el país para eludir la sanción impuesta

explica la sentencia.

“En cuanto a la idoneidad de la reclusión en la vivienda acreditados uno a uno los presupuestos del artículo 38 y 38B del catálogo punitivo, esta se considera adecuada no solo por su consagración normativa, sino porque en prisión domiciliaria el acusado podrá cumplir y redimir su pena, además de recibir el tratamiento necesario para su redes socialización”, añadió la jueza.

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