El Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Cartagena falló a favor del Distrito de Cartagena en una tutela interpuesta por Wilson de Jesús Herrera Girado, que buscaba frenar el megaproyecto del Gran Malecón del Mar.
El Gran Malecón del Mar es un corredor frente al mar que contempla la adecuación de más de 100.000 metros cuadrados de espacio público a lo largo de 5 kilómetros que conectarán el norte de la ciudad con el Centro Histórico. El megaproyecto integraría ciclovías, espacios culturales y comerciales, áreas recreativas y zonas para caminar y disfrutar del atardecer, devolviendo a los cartageneros el privilegio de convivir plenamente con su mar.
El accionante alegaba la presunta vulneración de los derechos fundamentales de consulta previa, información y participación de la comunidad afrodescendiente de La Boquilla, al considerar que se les ha excluido de la toma de decisiones, lo cual podría afectar su territorio, cultura y calidad de vida. El Juzgado concluyó la improcedencia de la tutela, y deja en firme la construcción del megaproyecto que ya recibió la concesión marítima que autoriza su ejecución.
Tras conocerse el fallo, Milton José Pereira, Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Distrito, destacó la decisión como una victoria para el desarrollo de Cartagena. “Este fallo confirma que el Distrito ha actuado dentro del marco de la ley y con respeto por los derechos de todas las comunidades. El Gran Malecón del Mar es un proyecto para la ciudad, no en contra de ella, y este triunfo jurídico le da mayor seguridad a su desarrollo”, precisó Pereira.
La decisión judicial
Ante la interposición de la tutela, la Oficina Asesora Jurídica del Distrito, en cabeza de Milton José Pereira, solicitó la improcedencia de la tutela. En su defensa, el equipo jurídico Distrital argumentó que no existía afectación directa a comunidades étnicas ni se cumplían los requisitos legales para la procedencia del recurso.
El fallo, a favor del Distrito, se fundamentó, entre otros puntos, en la Resolución ST-0188 de 2025 de la Subdirección Técnica de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior, que determinó que el Gran Malecón del Mar no requiere consulta previa con comunidades indígenas, afrodescendientes, raizales, palenqueras ni ROM, “al no configurarse el presupuesto de afectación directa de ninguna comunidad étnica”.
Según el análisis técnico del Ministerio, las comunidades más cercanas, como La Boquilla y Puerto Rey, se encuentran a más de 4 kilómetros del área de intervención, separadas por barreras naturales y urbanas.
Además, dentro de la defensa de la Oficina Asesora Jurídica se evidenció la falta de legitimación por activa: el accionante no acreditó ser representante legal ni autoridad reconocida de la comunidad de La Boquilla. Con estos argumentos, el juez resolvió negar las pretensiones del accionante, avalando la actuación del Distrito precisando que la acción no cumple con los requisitos de procedibilidad, establecidos por el principio de subsidiariedad.

