En un nuevo episodio que enciende las alarmas sobre el respeto a la libertad de prensa, el concejal Javier Julio Bejarano ha amenazado vía WhatsApp a un periodista que publicó una información verificable y de interés público: su amistad con el representante a la Cámara David Racero, del Pacto Histórico, quien ha sido mencionado en medios nacionales por un presunto caso de tráfico de influencias.

La nota periodística no hace más que señalar un hecho conocido: Bejarano y Racero son amigos. Una verdad fáctica. Una relación personal que, en el contexto de las denuncias contra Racero, tiene relevancia pública. ¿Acaso no son amigos? ¿Lo está negando? Entonces, ¿por qué atacar al mensajero?

La Constitución Política de Colombia (artículo 20) garantiza la libertad de expresión y de prensa. Además, la Ley 51 de 1975 y múltiples sentencias de la Corte Constitucional (como la T-391/07 y la T-219/23) protegen al periodista cuando actúa con veracidad y responsabilidad. En este caso, no hay injuria, ni calumnia, ni falsedad. Solo hay hechos. Y callar los hechos por presión política es censura.

Y este no es un incidente aislado. Pienso que este periodista no es la primera persona amenazada por el concejal Bejarano. En semanas recientes ha sostenido confrontaciones agresivas con mujeres lideresas, funcionarias públicas e incluso con un reconocido deportista con discapacidad, quien ya lo ha citado a conciliación por daños y perjuicios, antes de iniciar un proceso judicial por daño a su buen nombre.

El patrón se repite: cuando alguien le incomoda, responde con hostigamiento.

El periodismo no está para agradar al poder, sino para vigilarlo. Si el concejal Bejarano cree que su relación con Racero no compromete su labor, puede explicarlo. Pero no tiene derecho a intimidar a quien lo señala desde el derecho constitucional a informar.

Hoy amenaza a un periodista por WhatsApp. Ayer fue una lideresa social. Mañana, ¿quién?

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