13 junio, 2026

3 comentarios en «EL DESPRECIO SE SIENTE»

  1. Excelente tu comentario. En el Ministerio del Interior está el observatorio contra la discrinación racial y el racismo, allá se debe elevar la queja. Entre tanto, es importante tener en cuenta la Ley 1482 de 2011, que estable: Artículo 1°. Objeto de la ley. Modificado por el art. 1, Ley 1752 de 2015. Esta ley tiene por objeto garantizar la protección de los derechos de una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, que son vulnerados a través de actos de racismo o discriminación.

    Igual importancia tiene lo siguiente de la misma Ley: Artículo 134 A. Actos de Racismo o discriminación. El que arbitrariamente impida, obstruya o restrinja el pleno ejercicio de los derechos de las personas por razón de su raza, nacionalidad, sexo u orientación sexual, incurrirá en prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses y multa de diez (10) a quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

    Lo que procede es una denuncia ante la Fiscalía General de la Nación.

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