Por presuntamente evadir su responsabilidad en lo relacionado con la reubicación del Cabildo Indígena Zenú en el sector de Membrillal, el alcalde William Dau Chamatt junto con su Secretaria del Interior, Ana María González tendrán que cumplir tres días de arresto y cancelar una multa equivalente a cinco salarios mínimos legales vigentes.

El fallo es claro al señalar que a esta población se le vienen vulnerando sus derechos por parte de la administración distrital y de esta manera el Juzgado Noveno del Circuito Civil de Cartagena dictó sentencia de tutela de fecha 28 de abril de 2021 concediendo la protección de los derechos fundamentales invocados, en su momento por el accionante, no obstante, el numeral segundo del fallo de tutela fue modificado mediante sentencia de 10 de junio de 2021 proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, quedando la orden de tutela así:

“SEGUNDO: ORDENAR a la ALCALDÍA MAYOR DEL DISTRITO DE CARTAGENA y en el evento de que se requiera la asistencia de manera subsidiaria de la GOBERNACIÓN DE BOLIVAR se surtan todos los trámites para que en el término máximo de cinco (05) meses siguientes a la notificación del presente fallo procedan a adelantar las gestiones administrativas y jurídicas necesarias para hacer efectiva la reubicación del CABILDO INDIGENA ZENÚ ubicado en MEMBRILLAL y la Restitución del bien inmueble identificado con la matricula inmobiliaria N° 060- 78180 y referencia catastral N° 00-02- 0001-0637-000.

En su momento, el ALCALDE DE LA LOCALIDAD INDUSTRIAL Y DE LA BAHIA, expuso que, desde la Secretaria
Del Interior Distrital se venían adelantando las gestiones necesarias para el traslado del CAIZEM y por eso le formuló requerimiento a fin de que le rindieran informe actualizado acerca de dichas gestiones, y proceder en consecuencia a fijar fecha para el efectivo cumplimiento de la comisión que le fue ordenada.

Agregó, que a la fecha persiste la ausencia de las condiciones mínimas necesarias y requeridas para realizar el traslado de este grupo poblacional, toda vez, que no se ha adquirido por parte del Distrito – Secretaria del Interior, el inmueble en el cual serán reubicados, garantizando la identidad cultural y ancestral del CAIZEM de Membrillal, tal como lo fue informado por la citada dependencia al Despacho mediante Oficio AMC-OFI-0076507- 2022 de fecha 7 de junio de 2022, por lo anterior, se encuentra en imposibilidad jurídica y material de dar cumplimiento a la comisión ordenada a la Alcaldía de Localidad por parte del Juzgado Primero Civil Municipal de Cartagena; así como a la orden proferida por el despacho en sede de tutela.

La SECRETARIA DEL INTERIOR DEL DISTRITO DE CARTAGENA, manifestó que para adelantar dicha acción es necesario adelantar distintos trámites administrativos y jurídicos, los cuales vienen siendo adelantados con la mayor diligencia y celeridad. Sin embargo, como se informó previamente, muchos de ellos dependen de terceros y no de acciones a desplegar por parte de secretaría y que afectan los plazos otorgados por el juzgado. Refiere que durante el año 2021 se desplegaron acciones encaminadas a la compra del bien, pero en el año 2022 para lograr comprar el predio para el traslado de la comunidad indígena y estando bastante avanzados en el proceso, previa presentación del nuevo proyecto de acuerdo ante el Concejo Distrital el propietario del decidió vender el predio a un tercero distinto al Distrito de Cartagena, lo que obligó al reinicio del trámite.

Señala que han identificado otros predios, pero estos no reúnen los requisitos en materia de documentación y uso de del suelo, es por ello, que solicita que se entienda la complejidad que acarrea una orden judicial de esta índole de la cual derivan no sólo múltiples micro actuaciones interinstitucionales y a la vez la participación de terceros para su efectiva ejecución incluyendo la misma comunidad.

Por último, solicita que se tenga en consideración la concurrencia de factores subjetivos y objetivos que han impactado en forma contundente la posibilidad de cumplir en los plazos establecidos la orden judicial. Por su parte, la ALCALDÍA DE CARTAGENA, en su informe se remite a las respuestas que ha brindado la Secretaria del Interior a este despacho judicial, agregando que el Distrito de Cartagena a través de la Secretaria del Interior y Convivencia Ciudadana, ha identificado un nuevo predio ubicado en el corregimiento de Bayunca, denominado PORCION B, identificado con matricula inmobiliaria No. 060-84475 y referencia catastral No. 01-40-0001-0900- 000, el cual fue sometido favorablemente a la aprobación de la comunidad indígena

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