Por José Leonardo Osorio Vega (*)
La propuesta de una “Ley Milagros”, que busca autorizar la certificación inmediata de discapacidades evidentes desde el nacimiento por parte de cualquier entidad médica, surge desde una intención legítima: reducir los obstáculos que enfrentan miles de personas en Colombia para obtener su certificado de discapacidad. Sin embargo, esta propuesta, aunque bien intencionada, parte de un diagnóstico incompleto y plantea una solución técnicamente riesgosa y normativamente débil.
Es cierto que el proceso de certificación está hoy lleno de barreras: centralización del procedimiento, escasez de equipos técnicos, demoras prolongadas y desigualdad territorial. Cartagena, por ejemplo, tiene cerca de 40.000 personas que se autorreconocen con discapacidad, pero apenas 5.000 certificadas. Esta brecha es inaceptable. Sin embargo, simplificar el proceso al punto de prescindir de la evaluación funcional —el corazón del enfoque biopsicosocial— no resolverá el problema estructural. Al contrario: puede degradar la calidad de los datos del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad- RLCPD, fomentar desigualdades y desnaturalizar el enfoque de derechos.
La *Resolución 1197 de 2024, que regula actualmente el proceso de certificación, es clara: en su **Artículo 6, establece que el procedimiento inicia con el *autorreconocimiento de la persona como sujeto con discapacidad, reconociendo su autonomía y la dimensión vivencial de la discapacidad. No se trata solo de una condición clínica observable, sino de cómo esa condición se traduce en limitaciones reales en la participación social, en interacción con barreras del entorno.
Eliminar esta fase —como lo implicaría la “Ley Milagros”— es pasar de un modelo de derechos a un modelo médico tradicional, centrado en el diagnóstico y no en la persona. Es volver al pasado.
La discapacidad, en el marco de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), no es una patología, sino una interacción dinámica. Certificar, por tanto, no puede ser solo constatar una condición visible. Implica entender cómo afecta la vida cotidiana, qué apoyos se requieren, y qué ajustes debe garantizar el Estado. Eso exige evaluación interdisciplinaria, contextualización y consentimiento informado.
¿Eso significa mantener la tramitología actual? Tampoco. Lo que se requiere es *fortalecer los equipos territoriales de certificación, con recursos humanos y logísticos suficientes; **descentralizar con responsabilidad técnica, Autorizando o habilitando hospitales y centros de salud con capacidad para llevar acabo valoraciones multidisciplinarias del procedimiento de certificación de discapacidad; *garantizar interoperabilidad entre sectores; y, sobre todo, promover campañas de orientación que faciliten el acceso al RLCPD en zonas apartadas y para poblaciones marginadas.
La solución no es eliminar el procedimiento, sino garantizar su equidad, agilidad y cobertura. Porque los derechos no se garantizan con atajos, sino con políticas coherentes. Y porque una certificación débil, rápida pero sin rigor, puede ser tan excluyente como su ausencia.
La verdadera transformación no está en crear nuevas leyes simbólicas, sino en cumplir las existentes con enfoque territorial y justicia distributiva. La propuesta de la “Ley Milagros” es útil para abrir el debate, pero debe evolucionar hacia una agenda técnica y estructural que no confunda inclusión con simplificación. El desafío no es certificar más rápido, sino certificar mejor, con respeto, dignidad y justicia para todos.
(*) Economista, Especialista en Educación y Diversidad

